Lara es Magistrada de Primera Instancia e Instrucción en la provincia de Valencia. Aprobó la oposición en 2008, y desde entonces se ha especializado en Violencia de Género y en Derecho de Familia, temática sobre la que está finalizando su tesis doctoral.
Colabora con la Universidad Cardenal Herrera-CEU, impartiendo clases de Derecho Penal y es coautora de libros dedicados a la problemática de Violencia de Género y Menores, así como de la redacción de protocolos de actuación entre Jueces y Fuerzas de Seguridad del Estado en materia de Violencia de Género. Actualmente pertenece al Consejo Rector de la Escuela Judicial.
Lara y su marido Francisco son papás de un nene de tres años y de una nena de un año y medio, que les ayudan a no perder la cabeza en este mundo de locos, aunque a veces los peques les hacen perder el norte.
Podéis seguirla en Twitter: @mipadawan
Acompañamiento de progenitores en pruebas médicas de sus hijos
Puede que a las/os que seáis de Valencia o de Murcia os suene esta noticia: Una falsa enfermera intentó robar cinco bebés en el Hospital La Fe de Valencia y en una clínica de Cartagena.
http://www.levante-emv.com/sucesos/2016/03/15/detenida-falsa-enfermera-robar-cinco/1392263.html
Se trata de una mujer que presuntamente intentó hasta en cinco ocasiones en un mismo día robar un bebé. Primero lo intentó en Cartagena, haciéndose pasar por enfermera, y solicitando a los padres de los recién nacidos que le entregaran a los niños para hacerles una prueba médica. La casualidad quiso que dicha prueba ya se les hubiera practicado. En Valencia lo intentó tres veces más, sin éxito tampoco, ya que en una ocasión el bebé aún no había nacido, en otra los familiares se opusieron a que se la llevara, y en la última el padre sospechó de ella y avisó al personal del hospital.
Afortunadamente, esta noticia ha quedado en anécdota, puede que angustiosa para los progenitores de los bebés, pero sin trascendencia para los menores, que ahora estarán con sus papás y mamás.
Pero esta noticia me sirve para reflexionar sobre algo: ¿Es seguro dejar a los recién nacidos con profesionales, sin acompañamiento de familiares? ¿Tenemos derecho los padres, madres o familiares acompañar en todo momento a los bebés en las pruebas médicas?
Estoy segura de que alguna vez habéis pasado por la situación de estar en el hospital, con vuestro niño o niña recién nacido, y ha llegado un enfermero o enfermera y se ha llevado al bebé a hacerle la prueba del talón. O por el mal trago de tener a vuestro hijo malito y os han dicho en urgencias que el niño se quedaba en el hospital pero vosotros no podíais quedaros.
En ocasiones resulta difícil hacer coincidir el deseo y derecho legal y emocional de asistencia de los progenitores respecto de sus hijos/as con la obligación de los profesionales de la salud de hacer su trabajo con diligencia.
Está claro que no en todas las circunstancias médicas los progenitores o familiares podrán acompañar al menor, pues existirán ocasiones en las que los padres y madres podrían interrumpir o afectar negativamente la buena marcha de las operaciones médicas. En casos extremos, de intervenciones o asuntos complicados, el derecho a la salud del niño está por encima de cualquier otro derecho que puedan tener los padres, por lo que deberemos confiar en la experiencia del personal sanitario y esperar a que nos digan que ya podemos ver al pequeño.
Dejando a un lado los supuestos excepcionales, ¿Pueden los profesionales médicos negar a un padre/madre/familiar que permanezcan con los menores en todo momento de la estancia de estos en el centro? ¿Tienen los progenitores derecho a permanecer con sus hijos durante esa estancia?
Cuando en mi profesión trato temas relacionados con menores, siempre parto de la misma premisa: he de velar por el interés supremo del menor sobre cualquier otro. Ya sea en un divorcio, un delito en el que hayan podido estar presentes, un desahucio o, como el caso que nos ocupa, una asistencia médica.
Dicho esto, me temo que hemos de reformular la pregunta que nos hemos hecho al inicio del artículo. Y es que no se trata de que el padre o la madre tenga o no derecho a estar con sus hijos en el hospital. Se trata del derecho que tienen los menores a que sus progenitores les acompañen durante toda su estancia allí. Es el interés del menor el que se ve protegido cuando el papá le coge la manita cuando le van a poner una vacuna, o cuando la mamá le abraza muy, muy fuerte cuando le sacan sangre. O del abuelito que se queda a pasar la noche en el hospital con el niño al que le han puesto un gotero.
Más que derecho, lo que tenemos los padres es una obligación de velar por la salud de nuestros hijos, por lo que hemos de realizar todas las actuaciones tendentes a garantizar que los menores se encuentren fuertes y sanos.
Y los menores, afortunadamente, tienen una Carta de Derechos Hospitalarios realizada en 1986 por el Parlamento Europeo, y que las distintas Comunidades han ido incorporando a sus respectivas legislaciones.
La carta contempla los derechos básicos de los niños y niñas a la hora de recibir los tratamientos de salud. Y ojo porque, a pesar del título de la carta (“Derechos Hospitalarios”), los derechos vienen referidos a la asistencia global de salud, es decir, que no se circunscriben únicamente a la estancia en hospitales. (No hay que negar estos derechos porque se está en un Centro de Salud de atención primaria y no en un hospital); de hecho la carta establece el Derecho del menor a que no se le hospitalice sino en el caso de que no pueda recibir los cuidados necesarios en su casa o en un Centro de Salud. Si se procede a la misma, tendrán derecho a que los agentes de salud se coordinen oportunamente con el fin de que la hospitalización sea lo más breve y rápida posible, primando por tanto en la medida de lo posible la asistencia primaria de los Centros de Salud, al considerarse menos invasiva que la estancia hospitalaria.
Dicho esto, volvemos a hacernos la pregunta: ¿Tiene el niño o niña derecho a que sus progenitores estén con ellos en las asistencias médicas a las que se vean sometidos?
La respuesta es clara: Un rotundo SÍ.
¿Podemos matizar esta respuesta? Un rotundo NO. La carta establece el derecho del menor a estar acompañado de sus padres o de la persona que los sustituya el máximo de tiempo posible durante su permanencia en el hospital, no como espectadores pasivos sino como elementos activos de la vida hospitalaria, sin que eso comporte costes adicionales; el ejercicio de este derecho no debe perjudicar en modo alguno ni obstaculizar la aplicación de los tratamientos a los que hay que someter al menor. Más claro imposible: la madre, padre o quien le sustituya (el abuelo que se queda con el niño toda la noche) estarán al lado de los menores en todo momento, sin que ello suponga perjuicio alguno para el niño ni para sus tratamientos, los cuales deberán seguir aplicándose tal y como correspondan.
Y como menor queda incluido toda persona que no haya alcanzado la edad de 18 años (o que esté emancipada, pero ese es otro tema). A salvo quedan algunas cuestiones para las que es necesario contar con los menores que hayan alcanzado una determinada edad (interrupción voluntaria del embarazo, por ejemplo), pero son cuestiones puntuales y que en nada afectan a los derechos que estamos viendo.
La Carta de Derechos es extensa, y recoge otros derechos interesantes que es conveniente saber a la hora de llevar a nuestro hijo o hija al Centro de Salud o al hospital:
– Derecho a no recibir tratamientos médicos inútiles y a no soportar sufrimientos físicos y morales que puedan evitarse.- Es decir, que las pruebas se ajusten al caso concreto.
– Derecho de información.- Los padres deberán ser informados de la situación del niño (respetando siempre la intimidad del mismo) y será necesario que presten su conformidad con los tratamientos a los que se va a someter al menor, y el niño, en la medida que tenga uso de razón, tendrá derecho a que se le informe, de modo comprensible, del conjunto de tratamientos al que se le va a someter y de las perspectivas positivas que dicho tratamiento ofrece (Obviamente, de manera adecuada a su edad y en este caso, entiendo que en colaboración con los progenitores).
– Derecho del niño a ser tratado con respeto, educación, por profesionales cualificados en la materia, y en la medida de lo posible, a estar atendidos en un ambiente infantil, separado de las atenciones de adultos.
La carta es más amplia, desde luego, y ofrece apuntes sobre casos más concretos como experimentación médica, tratamientos prolongados, ayudas económicas o necesidad de asistencia en el extranjero.
Se trata, como podemos observar, de un conjunto de principios de sentido común, puntos que si lo pensamos son lógicos. Todos ellos tienden a un fin: proteger los intereses del menor, garantizar la asistencia médica adecuada y la tranquilidad de estar con alguien próximo mientras dura este proceso (que esperamos no sea muy largo).
Espero haberos ayudado a despejar dudas, y que no os vuelvan a impedir asistir a vuestros hijos en casos de asistencias médicas, porque, recordad, estaréis protegiendo un derecho del niño legalmente reconocido, no del adulto. Y ya sabéis que eso está por encima de todo.
Pd.- Gracias Carol, por contarme tus experiencias y darme la idea para el post.
6 Comments
Muy interesante el post, echaré un vistazo a esa Carta de derechos…mi experiencia es que los profesionales de la asistencia sanitaria de atención primaria, menudo tienen poca sensibilidad hacia un paciente/menor, y que los padres en muchas ocasiones son más bien un factor más estresante que un apoyo, hay que flexibilizar las situaciones ? Enhorabuena por tu blog!!
Muchas gracias Rosaarias!?
Mi pregunta es si yo cuando se a luz a mi bebé cuando se lo lleven a hacerle la prueba del oído o lo vallan a bañar , se le puede acompañar para k el bebé este acompañado siempre ??
Exacto, así es. El menor tiene derecho a estar acompañado en todo momento por ti (bueno, o por el otro/a progenitor o algun familiar)
Hola buenas, gracias por el texto.
Tengo una duda, es así también en el caso de una intervención de cirugía menor,en un bebé de 10 meses,?
tiene derecho el menor a estar acompañado hasta la inducción de la anestesia en quirófano y en la reanimación posterior cuando despierte.
Se lo he preguntado al cirujano y me ha dicho que no puedo entrar…. Y he leído que hay en hospitales que sí se permite entrar en quirófano para la anestesia del niño…luego sí salir durante la intervención…
Muchas gracias y salud!
Hola, es un protocolo que depende de las circunstancias de cada centro y sobre todo ahora con la pandemia.